¿QUE ES EL

Servicio público de alcantarillado?

El numeral 23 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, define el servicio público de alcantarillado como la recolección municipal de residuos, principalmente líquidos, por medio de tuberías y conductos. También implica las actividades complementarias de transporte, tratamiento y disposición final de tales residuos. Estos servicios públicos, en la ciudad de Cartagena, son prestados por la empresa de servicios públicos Aguas de Cartagena S.A., en virtud del Contrato de Gestión del Servicio de Acueducto y Alcantarillado (GISSA), que el Distrito de Cartagena celebró con esta Empresa de Servicios Públicos.

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¿CUÁL ES EL 

Componente

ambiental del servicio

de alcantarillado?

El componente ambiental del servicio de alcantarillado comprende el POMCA (Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica), como estrategia para el uso y manejo sostenible de sus recursos naturales renovables, de manera que se consiga mantener o restablecer un adecuado equilibrio entre el aprovechamiento económico de tales recursos y la conservación de la estructura físicobiótica de la cuenca, particularmente de sus recursos hídricos. Asimismo corresponde al marco para planificar el uso sostenible de la cuenca y la ejecución de programas y proyectos específicos dirigidos a conservar, preservar, proteger o prevenir el deterioro y/o restaurar las cuencas